En ese lugar, la Justicia ya ha demolido una casa y está en trámite de derribar media docena más.
La sentencia es la primera que se dicta en la provincia tras el decreto de regularización de viviendas en suelo no urbanizable, aprobado por la Junta el pasado mes de enero. La nueva norma establece que no se puede legalizar las viviendas levantadas en zonas de especial protección, tal y como ocurre en el yacimiento ibero del Puente Tablas, uno de los más importantes de España y declarado Bien de Interés Cultural (BIC) por la propia Administración autonómica.
La resolución del Penal número 1 relata que el acusado, Antonio R. M., es propietario de una parcela de unos dos mil metros cuadrados en el paraje denominado “Faldas de la Plaza de Armas y el Realejo”. Se trata de un suelo en el que no se puede poner ni un ladrillo, ya que está protegido por su interés científico. En ese terreno ya existía una vivienda, una piscina y una caseta. En el año 2006, el propietario rehabilitó esas edificaciones, además de un muro, que rehizo con bloques de hormigón. Ya en el año 2008, el dueño de la parcela procedió a construir otra vivienda unifamiliar. En el juicio, dijo que se trataba de una caseta para aperos de labranza. Sin embargo, la técnico del Ayuntamiento explicó que era un chalé.
Por todo ello, su señoría consideró que Antonio R. M. incurrió en un delito contra la ordenación del territorio, es decir, le impuso un castigo de seis meses de prisión y una multa de 1.080 euros. No obstante, la juez Valle Elena Gómez ha decidido que la Justicia no debe echar abajo esa construcción ilegal. ¿Por qué? En la sentencia aporta cuatro argumentos. El primero es que parte de los edificios ya estaban levantados antes del año 2005. La magistrada también asegura que existen muchas construcciones ilegales en la zona en la que no se ha acordado la demolición. También hay otras en que los jueces sí que han considerado que es necesario que entren las máquinas y los obreros para echar abajo lo edificado al margen de la Ley. El tercer motivo es que el chalé ilegal no produce “impacto visual”: “Queda en una vaguada en la cota más baja del entorno, por lo que se protege la zona arqueológica”, cita literalmente la sentencia. Por último, la juez recuerda que no se restauraría el medio ambiente si se derriban las nuevas construcciones, pues quedarían las antiguas.
Por todo ello, la magistrada recuerda que existen “sentencias contradictorias al respecto” y que parte del paraje de la Fuente del Realejo está pendiente de legalizar: “Demoler sería una situación irremediable, sin perjuicio de que la Gerencia de Urbanismo pueda acordar el derribo si así lo entendiera por la vía administrativa”, razona. El Ayuntamiento, por el momento, no ha echado abajo ningún chalé ilegal, ya que carece de medios económicos para ello.
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